3001-16880-2016
///Plata, 6 de julio de 2016.
Agréguese el oficio que antecede y tiénese por cumplido con lo dispuesto a fs. 28 (ver fs.32 vta).
Vista la solicitud de anotación en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva formulada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 del departamento judicial de Pergamino en el expediente Nº 5462 PE-1201-2016, caratulado "Llan de Rosos Ramiro Juan y otros c/ Fiscalía de Estado-Pcia. de Bs. As. s/ Pretensión o Reconoc. de derechos”, en virtud de la cual se dispuso a fojas 21 el alta de publicidad con carácter provisional (Conf. Art. 5, quinto párrafo, Anexo I de la Acordada 3660 -texto según Ac. 3805-)
Que en los términos previstos en el artículo 2 del Anexo I de la referida Acordada, la Dirección de Servicios Legales del Tribunal ha emitido el dictamen Nº 354/16, de cuyo punto IV surge que no se encuentran obstáculos que impidan la anotación en el citado Registro de los autos aludidos.
Que consecuentemente corresponde disponer la anotación del citado proceso en el que se ha determinado su carácter colectivo.
Regístrese y anótese en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva en los términos expuestos.
MATÍAS JOSÉ ÁLVAREZ
Secretario
(Res. Pres. 259/16)
REGISTRO N° 1054
HL
CEP
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