DATOS DE LA CAUSA

DATOS PRINCIPALES DE LA CAUSA


EXPEDIENTE N°:

2014-11949-LP

FECHA DE INICIACION:

Causa N°

Departamento Judicial

Organismo Actual

Desde

Hasta

29220

LA PLATA

JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA

10/3/2014

CARATULA:

RIZZOLI WALTER WILSON Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE MONTE S/PRETENSION DECLARATIVA DE CERTEZA - OTROS JUICIOS

IDENTIFICACION CLARA Y PRECISA DE LA PRETENSION COLECTIVA:

Acció declarativa de certeza contra la ordenanza N° 3973 que dispone la creación de una tasa de mantenimiento vial municipal, percibida mediante la carga de combustible, destinada al mantenimiento via

HECHOS Y DERECHOS INVOCADOS:

establecer el alcance la misma o declara la inconstitucionalidad por conculcar con los arts. 10, 27, 36, 57 y 103 de la Constitución Provincial

ESTADO:

Alta definitiva

OBJETOS DE JUICIO / MATERIA:

Objeto

Desde

Hasta

Pretensión Declarativa de Certeza - Otros Juicios

10/03/2014

ACTO ADMINISTRATIVO DICTADO POR EL RPC:


Ref. 3001- 14695- 15

 

///PLATA, 4 de junio de 2015.

Vista la solicitud de anotaión en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva formulada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 del departamento judicial La Plata, en autos caratulados "RIZZOLI WALTER WILSON Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE MONTE S/ PRETENSIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA" (Expte. Nº 29.220), en virtud de la cual se dispuso a fojas 5 el alta de publicidad con carácter provisional (conf. art. 5, quinto párrafo, Anexo I de la Acordada 3660 -texto s/ Ac. 3721-).

Que en los términos previstos por el art. 2 del Anexo I de la Ac. 3660 (texto s/ Ac. 3721) la Dirección de Servicios Legales ha emitido el dictamen nro. 119/15 de cuyo punto IV surge que no se encuentran obstáculos que impidan la anotación en el citado Registro de los autos antes aludidos.

Que habiéndose cumplido con lo solicitado a fojas 5, en cuanto a la carga de los datos faltantes, en el marco de las facultades otorgadas por el art. 2, segundo párrafo, del Anexo I de la Ac. 3660 (texto s/ Ac. 3721), corresponde disponer la anotación del aludido proceso en el que se ha determinado su carácter colectivo.

Regístrese y anótese en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva en los términos expuestos.

 

 

 

 

FIRMADO:NESTOR TRABUCCO .Secretario. (Res. Pte. SPL 114/14)

Resoluciòn 000580

 

 

 

r.u.

 

Cep

 

DATOS DEL OBJETO


Impugnación de Normas - Ordenanza Municipal


MATERIAS


Actividad Económica Regulada

Otro



CATEGORIA DE LEGITIMADO


Afectado


GRUPOS COLECTIVOS DE ESTA CAUSA


Grupos Asignados

Usuarios / Consumidores

Vecinos


DEMANDA / AMPLIACIÓN / RECONVENCIÓN



DECISIONES ADOPTADAS / TRÁMITES


Trámite

Organismo

Fecha Estado

DEMANDA - SE PRESENTA

JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA

6/3/2014

Ver

RESOLUCION REGISTRABLE

JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA

11/4/2014

Ver

SENTENCIA

JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA

16/3/2015

Ver