DATOS DE LA CAUSA

DATOS PRINCIPALES DE LA CAUSA


EXPEDIENTE N°:

2012-5347-SN

FECHA DE INICIACION:

13/6/2012

Causa N°

Departamento Judicial

Organismo Actual

Desde

Hasta

11256

SAN NICOLAS

CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL - SAN NICOLAS

11/10/2013

20/11/2013

SN-100429-2012

SAN NICOLAS

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN NICOLAS

13/6/2012

CARATULA:

USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS C/ COMPAÑIA FINANCIERA ARGENTINA S.A. Y OTROS S/ NULIDAD DE CONTRATO.

IDENTIFICACION CLARA Y PRECISA DE LA PRETENSION COLECTIVA:

Se denuncia que se impone a clientes morosos el pago de gastos de gestión sin causa, solicitando se determine su nulidad y se ordene el cese, el reintegro y aplicacion de multa civil

HECHOS Y DERECHOS INVOCADOS:

Arts. 42/43 Constitución Nacional; 1/4, 37 y 52/5 ley 24.240 y 23 y sig ley 13.133, arts. 1197/8 del Código Civil.-

ESTADO:

Alta definitiva

OBJETOS DE JUICIO / MATERIA:

Objeto

Desde

Hasta

NULIDAD DE CONTRATO

13/06/2012

ACTO ADMINISTRATIVO DICTADO POR EL RPC:


Ref. : 3001-14608-2015

 ///PLATA, 26 de mayo de 2015.

Vista la solicitud de anotaión en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva formulada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 del departamento judicial San Nicolás,en autos caratulados "USUARIOS Y CONSUMIDORES C/ COMPAÑIA FINANCIERA ARGENTINA S.A. Y OTROS S/ NULIDAD DE CONTRATO" (Expte. Nº 100.429), en virtud de la cual se dispuso a fojas 17 el alta de publicidad con carácter provisional (conf. art. 5, quinto párrafo, Anexo I de la Acordada 3660 -texto s/ Ac. 3721-).

Que en los términos previstos por el art. 2 del Anexo I de la Ac. 3660 (texto s/ Ac. 3721) la Dirección de Servicios Legales ha emitido el dictamen nro. 164/15 de cuyo punto IV surge que no se en cuentran obstáculos que impidan la anotación en el citado Registro de los autos antes aludidos.

Que habiéndose cumplido con lo solicitado a fojas 17, en cuanto a la carga de los datos faltantes, en el marco de las facultades otorgadas por el art. 2, segundo párrafo, del Anexo I de la Ac. 3660 (texto s/ Ac. 3721), corresponde disponer la anotación del aludido proceso en el que se ha determinado su carácter colectivo.

Regístrese y anótese en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva en los términos expuestos.

 

 

 

FIRMADO. Daniel O.Gonzalez Subsecretario

(Res.Pte.SPL 114/14)

 

 

r.u

Cep

DATOS DEL OBJETO


Hechos de Particular


MATERIAS


Actividad Económica Regulada



CATEGORIA DE LEGITIMADO


Organización No Gubernamental (ONG)

Colegio Profesional / Asociación Sindical


GRUPOS COLECTIVOS DE ESTA CAUSA


Grupos Asignados

Usuarios / Consumidores


DEMANDA / AMPLIACIÓN / RECONVENCIÓN



DECISIONES ADOPTADAS / TRÁMITES


Trámite

Organismo

Fecha Estado

PRIMER DESPACHO / SE PROVEE

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN NICOLAS

5/7/2012

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PRIMER DESPACHO / SE PROVEE

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN NICOLAS

5/7/2012

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DEMANDA - CONTESTADA / SE PROVEE

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN NICOLAS

15/11/2012

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INTERLOCUTORIA REGISTRABLE

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN NICOLAS

3/6/2013

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INTERLOCUTORIA REGISTRABLE

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN NICOLAS

16/8/2013

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PRUEBA - SOLICITA APERTURA / SE PROVEE

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN NICOLAS

4/12/2014

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DEMANDA - SE PRESENTA

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN NICOLAS

14/9/2016

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HOMOLOGACION - SE RESUELVE

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN NICOLAS

21/3/2019

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