3001-18534-2016
///Plata,30 de noviembre de 2016.
Vista la solicitud de anotación en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva formulada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 del departamento judicial de Trenque Lauquen en el expediente Nº 8.898 (TL-4.449-2016) caratulado "LANIK PABLO Y OTRO/A C/ AGUAS BONAERENSES S.A. Y OTRO/A S/ AMPARO", en virtud de la cual se dispuso a fojas 17 el alta de publicidad con carácter provisional (Conf. Art. 5, quinto párrafo, Anexo I de la Acordada 3660 -texto según Ac. 3805-)
Que en los términos previstos en el artículo 2 del Anexo I de la referida Acordada, la Dirección de Servicios Legales del Tribunal ha emitido el dictamen Nº 854/16 obrante a fs.18/23, de cuyo punto IV surge que no se encuentran obstáculos que impidan la anotación en el citado Registro de los autos aludidos.
Que asimismo y en virtud de lo manifestado en el tercer párrafo del punto IV del citado dictamen, corresponde informar al organismo jurisdiccional interviniente -a los fines que su titular estime pertinentes- que la mencionada Dirección se ha expedido en los autos caratulados "FERNANDEZ URRICELQUI, FABRICIO C/ AGUAS BONAERENSES S.A. Y OTRO S/ AMPARO" en trámite ante el Juzgado de Garantías del Joven N° 1 del departamento judicial Mercedes, "FIGUEROA MAURICIO ANTONIO Y OTRO C/ AGUAS DE ZÁRATE S.A.P.E.M S/ Pretensión indemnizatoria" en trámite ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo, "MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE ESCOBAR C/ AGUAS BONAERENSES S.A. Y OTROS S/ AMPARO" que tramita ante el Juzgado de Ejecución Penal N° 1, ambos del departamento judicial Zárate Campana y "MARTINEZ ALFREDO GUSTAVO Y OTROS C/ AGUAS BONAERENSES S.A Y OTROS S/ AMPARO" en trámite ante el Tribunal en lo Criminal N° 3 del departamento judicial de La Plata, los cuales podrían guardar relación con las presentes actuaciones.
Que consecuentemente corresponde disponer la anotación del citado proceso en el que se ha determinado su carácter colectivo.-
Regístrese, comuníquese y anótese en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva en los términos expuestos.
MATÍAS JOSÉ ÁLVAREZ
Secretario
(Res. Pres. 259/16)
HL
CEP
REG. 2200